Algo de contexto:

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[EMOL] Decreto de Accesibilidad Universal Chile cumple un año: ¿En qué estado se encuentra?

El Servicio Nacional de la Discapacidad trabaja en un primer catastro de los edificios que han cumplido con la nueva norma, que entregará un indicador referencial de accesibilidad. Por Fernanda Villalobos Díaz, Emol El Mercurio 

SANTIAGO.- El 4 de marzo de 2016 se promulgó el Decreto Supremo 50 de Accesibilidad Universal, que modifica la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción del Ministerio de Vivienda. Este reglamento regula los estándares de diseño y construcción en Chile, dando cumplimiento a la Ley N° 20.422 sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad para que todas las personas, independiente de su condición, puedan tener acceso a los edificios públicos y privados. 

Además, establece que para las obras construidas entre 1994 y 2016 exista una disposición transitoria que entrega un plazo de tres años para regularizar la situación, en especial los edificios de uso público o que presten un servicio a la comunidad. Las edificaciones construidas entre el 2010 y la entrada en vigencia de este decreto, tendrán tres años para adecuarse y tienen un plazo de 30 meses para ingresar el expediente con las adecuaciones.

El director del Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis), Daniel Concha, comentó a Emol que durante el año que ha estado vigente el Decreto, "se inició un proceso de levantamiento de mil edificios públicos como base para un Catastro Nacional de Accesibilidad, el cual se encuentra en proceso y que consiste en la aplicación del Informe Diagnóstico de Accesibilidad, el cual evalúa requisitos mínimos a considerar en la edificación, entregando un indicador referencial de accesibilidad y que, complementariamente, permite el desarrollo de un informe técnico que sirva de guía al momento de definir los puntos de mayor criticidad. Se contará con el primer reporte, esperando un 70% de avance terminando marzo". 

Reparos 

Pese a que desde todos los sectores valoran la medida, hay algunos que tienen repartos frente a aspectos técnicos y aseguran que los avances han sido escasos. 

La oficina de arquitectura BAU Accesibilidad, realizó un catastro a 10 comunas de la Región Metropolitana (Lo Barnechea, Vitacura, Providencia, Las Condes, La Reina, San Miguel, Santiago, Ñuñoa, Independencia y Macul) que indicó que al 31 de enero de 2017, estos municipios "han aprobado 260 solicitudes de anteproyectos que requieren de Expediente de Accesibilidad y han otorgado 593 permisos de edificación en los que es condición esencial el requerimiento de accesibilidad". 

Durante el periodo analizado, las municipalidades sólo exigieron el Expediente de Accesibilidad a 39 de las solicitudes ingresadas (15% de los 260 anteproyectos). Este documento debe ser visado por un arquitecto y es un requisito fundamental para la posterior obtención del permiso de edificación. Esta exigua cifra evidencia que los municipios aún no ejercen la potestad de exigir el cumplimiento de la normativa. 

Adicionalmente, de la revisión se desprende que en sólo 65 de los 593 permisos de edificación presentados (11%), figura el Expediente de Accesibilidad como documento añadido. Es decir, los titulares de los proyectos tampoco son conscientes del cumplimiento de la normativa. 

El presidente del Grupo Técnico del Comité Inmobiliario de la Cámara Chilena de la Construcción, Mauricio Salinas, manifestó que "apoyamos cualquier moción que vaya en sentido de mejorar la accesibilidad, creo que el Decreto está bien orientado y si bien hay temas de diseño, no implica costos mayores en construcción significativos". 

No obstante, aseguró que "hay varias dudas sobre cómo se aplica este proyecto en términos técnicos, de hecho se le hizo ver al Ministerio varias dudas y quedó de entregarnos una aclaración y se comprometió a entregarla en junio o julio. Estamos en marzo y todavía no tenemos esas aclaraciones, entonces claramente ahí hay una falencia". 

Salinas dijo que habían alrededor de 100 observaciones: "Por ejemplo, las veredas tienen que tener una pendiente de 2%, transversal, eso es razonable porque el agua tiene que escurrir y si hay demasiada pendiente se presentan dificultades para el traslado de las personas, pero cuando no tiene ese porcentaje el inspector puede rechazar los trabajos y es complicado porque constructivamente no es fácil obtener una cosa precisa". 

"En construcción hay una cosa que se llama 'tolerancia': 1,99 no es lo mismo que 2 y 2,01 tampoco, entonces cuando dicen que tiene que ser de 2% y constructivamente es imposible que llegues a ese nivel de precisión, entonces lo que debía haber indicado el decreto es un rango o un nivel de tolerancia que es cumplible", explica. 

Fuente: Emol.com http://www.emol.com/noticias/Economia/2017/03/27/851100/Decreto-de-Accesibilidad-Universal-cumple-un-ano-En-que-estado-se-encuentra.html

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